IV
DECISIÒN
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el Recurso de Hecho interpuesto, por el abogado Blas Rafael Alcalá Carvajal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.482, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Aquiles Hernández Rávago, en contra del auto de fecha 13 de agosto de 2013, que negó la apelación de la sentencia de fecha 05 de noviembre de 2012, dictado por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Se ordena remitir por oficio con sus copias al Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas haciendo de su conocimiento de la presente decisión.
Déjese copia certificada de la present.....