PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud efectuada por la Fiscal Militar actuante, Capitán SALVADOR ALU HUERTA, Fiscal Militar Quinto con Competencia Nacional, de privación judicial preventiva de libertad del imputado ciudadano NOROÑO ANSELMI OSCAR, Titular de la cédula de identidad Nº 17.286.024, SEGUNDO: se declara con lugar la solicitud de la defensa de imposición de medidas cautelares solicitado por la defensa, al encontrar llenos los supuestos de procedencia contenidos en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto este tribunal considera que no se encuentran llenos los extremos establecidos en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, de otórgale al ciudadano NOROÑO ANSELMI OSCAR, Titular de la cédula de identidad Nº 17.286.024, la Medida Cautelar Sustitutiva específicamente la señalada en el ordinal 3º "...La presentación periódica ante el Tribunal o la autoridad que aquel designe..." del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.....