DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA. PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la defensa técnica de Nulidad de las Actuaciones Policiales. SEGUNDO:SIN LUGAR la solicitud de la defensa técnica de que sea Desestimado el Delito Militar de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 Ordinal 4º del Código Orgánico de Justicia Militar TERCERO:SIN LUGAR la solicitud de la defensa técnica de que se decrete Libertad Plena al imputado de autos. CUARTO: CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar en cuanto a que sea tomada la presente audiencia como acto formal de imputación en contra del Ciudadano: SARGENTO PRIMERO BRICEÑO SANCHEZ RUNY RAFAEL, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.18.948.073, presuntamente incurso en la comisión del Delito Militar de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 O.....