DISPOSITIVA.
Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Segundo de Control con Sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por el Fiscal Militar Tercero de Caracas, contra el ciudadano POLICIA MILITAR (EJ) TONY RAFAEL RUIZ MORANTES, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.531.696, por la presunta comisión del delito militar de Abandono de Servicio, previsto y sancionado en los artículos 534, en concordada relación con el articulo 537 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico Militar, en virtud de que las mismas son legales, lícitas, pertinentes y necesarias. TERCERO: Suspende condicionalmente el proceso que se le sigue al ciudadano POLICIA MILITAR (EJ) TONY RAFAEL RUIZ MORANTES, ya identific.....