DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA. PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud presentada por la Vindicta Pública en cuanto a que se decrete una Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado de autos. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud presentada por la defensa técnica por lo que decreta al ciudadano imputado SARGENTO PRIMERO (R) JORGE LUIS FERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 20.271.510, presuntamente incurso en el Delito Militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 Ordinal 1º y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contemplada en el artículo 242 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que se le impone la prevista en el siguiente Ordinal: Ordinal 3º: "La presentación periódica ante el Tribunal.....