En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. ADMITE la querella funcionarial ejercida conjuntamente con Amparo Cautelar, por el Abogado DIOGENES SANTIAGO CELTA APONTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 13.720, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana AYEXA ALEXANDRA FERNANDEZ SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.671.298, contra el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION, SALUD, Y SEGURIDAD LABORAL (INPSASEL),. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena citar al PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION, SALUD, Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), a fin de que sea conminado a dar contestación a la presente querella en un lapso de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de la fecha en que conste en autos su citación, luego de haber transcurrido.....