D E C I S I Ó N
Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE POR CADUCIDAD, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por los abogados SARA DAGUI, EDY ZAPATA Y EDUARDO CASTRO, Venezolanos, mayores de edad, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos V-98.696, 98.695 y 97.672, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS ARMANDO GÓMEZ BARRIOS, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 11.039.015, interpuso querella funcionarial contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CARRIZAL DEL ESTADO MIRANDA, ambos identificados al comienzo de éste fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero .....