DISPOSITIVO:
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara 1°) SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA EUGENIA IZQUIERDO HERNANDEZ, contra LA SOCIEDAD MERCANTIL ESPECIALIDADES DOLLDER CA, de acuerdo a lo expresado en la reproducción del presente fallo. 2°) Se condena en costas a la parte demandante.
Dando cumplimiento a lo establecido en la disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal, así como la publicación de la presente sentencia en la página Web del tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas. Cúmplase.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
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