Este Tribunal Militar Sexto de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad en lo establecida en el artículo 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 295, 296 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de la defensa publica del Ciudadano SARGENTO PRIMERO ANGEL DAVID MOLINA MUÑOZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.179.804, en el sentido de conceder un plazo de treinta (30) días contados a partir de la presente fecha para la conclusión de la investigación por parte de la Fiscalía Militar Decima Sexta de Valencia, conforme a lo establecido en el artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Publico de otorgar cuarenta y cinco (45) días para presentar acto conclusivo. TERCERO: Remítase el cuaderno de investigación fiscal en la opor.....