PRIMERO: Se declara CON LUGAR la ación de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES LIANTI, S.R.L. en contra de la decisión judicial de naturaleza cautelar dictada el día 18 de mayo de 2007 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el curso del juicio que por disolución de sociedades incoara la ciudadana DEBORA DAMASCO BATTISTONI contra las ciudadanas LILIANA BATTISTONI DE DAMASCO, ANTONELLA DAMASCO BATTISTONI, TIZIANA DAMASCO BATTISTONI y ALESSADRA DAMASCO BATTISTON. En tal sentido, a fin de restablecer la situación jurídica infringida, se ANULA la referida decisión judicial objeto de la presente acción.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se condena en costas de la presente acción de amparo a los terceros coadyuvantes, ciudadanas ANTONELLA DAMASCO BATTISTO.....