DECLARO CON LUGAR la solicitud efectuada por el Fiscal Militar del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en los apartes 4° y 5° del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, SE CONCEDE UNA PRÓRROGA de QUINCE (15) DÍAS para que el ciudadano Fiscal Militar concluya la investigación seguida contra del ciudadano CABO PRIMERO (EJ.) JOSÉ GREGORIO ÁLVAREZ GUERRERO, Titular de la Cédula de Identidad N° V.- 17.139.565, plaza del 351 Batallón de Policía Militar "G/D. JOSE MIGUEL LANZA", a los fines que presente su acusación, solicite el sobreseimiento o en su caso archive las actuaciones. De igual manera se advierte que una vez concluido ese lapso dado como prórroga sin que el Ministerio Público presente su acto conclusivo, en ese supuesto se impondrá al imputado alguna medida cautelar sustitutiva prevista en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, se insta al representante del Ministerio Publico para que efectúe nuevamente los disti.....