DISPOSITIVA
En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide PRIMERO:SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la sentencia condenatoria dictada en fecha 25 de Mayo de 2015 y publicada por ese Órgano Jurisdiccional en fecha 31 de Mayo de 2016, la cual corre inserta desde el folio ciento doce (112) hasta el folio ciento quince (115) y desde el folio ciento diecinueve (119) hasta el folio ciento veintiuno (121) de la Causa Nº CJPM-TM3C-080-2016 (nomenclatura de ese Tribunal Militar) mediante la cual condenó al ciudadano penado: PABLO JOSÉ RUIZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.233.384, por la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS P.....