En consecuencia de lo expuesto, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 1713 del Código Civil, así como también de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la transacción celebrada, por el abogado ANTONIO CASTILLO CHÁVEZ, apoderado de la parte actora, así como por el abogado HERMÓGENES SÁEZ EMPERADOR, apoderado de la parte demandada. En los términos expuestos.
Asimismo, en vista de la solicitud en la diligencia bajo análisis, se acuerda expedir una (01) copia certificada del presente auto que homologa la transacción, así como de la diligencia que lo solicita, ello de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase