Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Militar Tercero de Control de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el contenido de los artículos 437 y 438 del Código Orgánico de Justicia Militar, a favor del ciudadano C/1 MERIDA QUERALES WILMER JOSE , titular de la cédula de identidad Nº 10.332.112, Ex Plaza de la Tercera Compañía del Destacamento Nº 58 del Regional Nº 5 de la GN. Diarícese, déjese copia, y notifíquese. HAGASE COMO SE ORDENA.