1°) PRIMERO: inadmisible la pretensión que por partición y liquidación de la comunidad conyugal, propuso la ciudadana Yakelin Coromoto Vázquez, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número 10.081.257, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistida porla abogada en ejercicio Milagros Boscán, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 199.312, en contra delciudadano Andrés Avelino Quijada Ruíz, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 2.745.727, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en razón del incumplimiento en adecuar el escrito libelar conforme a las formas propias del procedimiento agrario, de conformidad con lo previsto en el artículo en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
2°) SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.