ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, y de conformidad con el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal pasa a decidir conforme a los siguientes términos: Primero: Se declara con lugar la solicitud realizada por la Defensa Pública Militar y ratificada por el Ministerio Público Militar, en el sentido de decretar el SOBRESEIMIENTO de la presenta causa, seguida al ciudadano EX – IM. YENDER JOSÉ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.436.710, por estar incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 523 en concordada relación con el Ord. 1° del artículo 527 y sancionado en el articulo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. Todo con fundamento de lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece la posibilidad de que el Tribunal de primera instancia en funciones de control decrete el SOBRESEIMIENTO de la causa una vez ve.....