D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CARACAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECLARA: ejecutada la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Militar Cuarto de Control de la Guaira edo Vargas, que por el Procedimiento de Admisión de Hechos Condeno a los ciudadanos penados Policía Distinguido JOSE DEL CARMEN LAYA MORALES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.714.895, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES Y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los Artículos 523, 527 ordinal 2º y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, conllevando la sentencia las penas accesorias de ley, a que se contraen los ordinales 1º y 2° del artículo 407 ejusdem. Regístrese, expídase la copia certificada de Ley, líbrense las correspondientes Boletas de Notificación, remítanse copias.....