DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus HÉCTOR RAMÓN GÓMEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.822.819, a la ciudadana CONSUELO DEL CARMEN RIVERO de GOMEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.378.813, en su condición de esposa y los ciudadanos HÉCTOR RAMÓN GÓMEZ RIVERO, OLY DEL ROSARIO GÓMEZ de RODRÍGUEZ, MOISES ERNESTO GÓMEZ RIVERO, CINTHY DUNAWAY GÓMEZ RIVERO, AMÉRICO AGUSTIN GÓMEZ RIVERO (Dif), ESBELY DEL CARMEN GÓMEZ URDANETA y ELAINE KENDRY GÓMEZ URDANETA, titulares de las cédulas de identidad números V-10.430.943, V-12.514.365, V-12.514.367, V-13.660.121, V-10.430.944, V-13.559.463 y V-14.761.904, en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DER.....