DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho YOUSEF USTARIZ, Defensora Pública Sexta (06°) Penal, actuando en defensa del ciudadano DAVID JOSE TORRES RIVERO, en contra de la decisión dictada en fecha 31 de marzo de 2017, por el Juzgado Trigésimo Primero (31°) en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual Negó el decaimiento de la medida judicial preventiva privativa de libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 230 el Código Penal. SEGUNDO: Se ADMITE el escrito de contestación al recurso de .....