En mérito de las anteriores consideraciones, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y Adolescentes, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana NORELYS MARYURY HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.204.294, debidamente asistida por el abogado FELIX BONALDE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.124, en contra de la sentencia definitiva, dictada en fecha 16 de noviembre de 2007, por la Jueza Unipersonal XIV de este Circuito Judicial de Protección, Y ASÍ.....