PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la aprehensión en flagrancia en la presente Causa, en virtud de lo establecido en el artículo 234 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal; en contra de los ciudadanos SM/3 AUGUSPIERRE SKOLY BARRERA, titular de la cedula de identidad V- 16.339.086, RAFAEL EDUARDO FREITES, titular de la cedula de identidad V-28.266.484, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACIÓN DE EFECTOS PERTECIENTES A LAS FANB, previsto en el Artículo 570 numeral 1, en calidad de AUTOR, del Código Orgánico de Justicia Militar y para los ciudadanos CORONEL MENDOZA MALAVE ENDERVELH, titular de la cedula de identidad V-11.089.552, SARGENTO SEGUNDO VANESSA OLIVO APARICIO, titular de la cedula de identidad V-23.802.368, SARGENTO SEGUNDO JACQUES URDANETA CORDERO, titular de la cedula de identidad V- 23.432.063, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACIÓN DE EFECTOS PERTECIENTES A LAS FANB, SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar.....