DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos WUILFREDO RAFAEL INDAVE y GINETTE JOSEFINA FARIAS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.946.336 y 10.208.205, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 28 de agosto de 1993, por ante el Registro Civil de la Parroquia Dr. Raúl Cuenca, Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, anotado bajo el Nº 32, del año 1993, y se ordenó Librar oficio de participación al Registro Principal del Estado Zulia.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias cer.....