Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el contribuyente DISTRIBUIDORA ZIMAFER, C.A., R.I.F. N° J-30262113-5. En consecuencia, se confirma la Resolución N° GJT/DRAJ/A/2005/1057 de fecha 29 de abril de 2005, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), y por ende la cantidad total de BOLÍVARES QUINIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 590.400,00), por concepto de multa.