este Tribunal Militar Décimo de Control del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FORMULADA POR EL MINISTERIO PUBLICO MILITAR EN LA PRESENTE CAUSA, y vista la admisión de los hechos hecha por parte del ciudadano SARGENTO TECNICO DE TERCERA. CARLOS ANDRES SANCHEZ ARAUJO, titular de la Cédula de Identidad N°. V-18.668.748, SE CONDENA por haber sido autor responsable en la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, con el carácter del delito frustrado, y en aplicación de lo previsto en el artículo 423 Ejusdem, a cumplir la pena principal de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, lo que es igual a TREINTA (30) MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias previstas en el artículo 407 ordinales 1º y 2º del Código Orgánico de Justicia Militar, pena aplicada según lo dispone el artículo.....