DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE RODOLFO COLMENARES SALINAS Y RUTH MINERVA LACRUZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.749.501 y 13.886.796, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 17 de septiembre de 2005, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, quedando anotada en el Libro de Registro Civil de Matrimonios quedando anotada bajo el Nº 168 del año 2005.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, conforme lo e.....