Este Tribunal Militar Segundo de Ejecución de Sentencias con sede en Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 5 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA: Líbrese la correspondiente Orden de Aprehensión en contra de la ciudadana: YOLIMAR JOSEFINA PEREZ OCHOA, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.833.752, ut supra identificada, y en consecuencia, acuerda remitir oficio a los distintos Cuerpos de Seguridad del Estado, informándoles que una vez aprehendida a la penada en mención, deberá ser puesta a la orden de este Tribunal en el lapso de 48 horas. Notifíquese al Defensor de la penada y a la Fiscalía Militar Decima Segunda Auxiliar. Hágase como se ordena.