DISPOSITIVA
Con fuerza a lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, Edo Mérida, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECIDE. PRIMERO: DECRETA CON LUGAR la solicitud realizada por el TENIENTE CORONEL CESAR EDUARDO BLANCO MUÑOZ, Fiscal Militar Trigésimo Cuarto de Mérida, en tal sentido DECRETA EL SOBRESEIMIENTO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de la causa Nro. CJPM-TM12-033-18, seguida en contra del EX DISTINGUIDO DANIEL ALEJANDRO CHOURIO SOLARTE, Titular de la Cédula de Identidad N° V-21.265.601, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos 221 Batallón de Infantería Motorizada "Gral. en Jefe Justo Briceño", por encontrase incurso en la PRESUNTA comisión del Delito Militar de ABANDONO DEL SERVICIO, previsto en los artículos 534 y sancionado en el artículo 537, y DESERCIÓN, previsto en los artículos 523 y 527, numeral 2 y sancionado en el artículo 528, del Código Orgánic.....