D E C I S I Ó N
     En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  declara CON LUGAR la RECUSACIÓN interpuesta por el ciudadano  CARLOS ALBERTO ARBELÁEZ  contra  la Juez   de  sala No. 2 del Tribunal de Protección  del Niño y del  Adolescente  de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg.  LISBETH LEAL AGÜERO.  
     De conformidad con el artículo  248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro y  remítase otra con oficio a la juez recusada;  y conforme al artículo 251 ejusdem notifíquese a las partes.