En mérito de lo precedentemente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Firmes y con fuerza de sentencia ejecutoriada los honorarios estimados e intimados por la abogada MARIA ELINA QUIROZ, los cuales ascienden a la cantidad de Bs. 8.060,00, razón por la cual deberá el ciudadano JOSE IVAN HERNANDEZ, cancelar a la ciudadana MARIA ELINA QUIROZ, la cantidad de OCHO MIL SESENTA BOLÍVARES (Bs. 8.060,00).
Se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-