DECLARO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados GILBERTO ANTONIO ZERPA ROBERTSON y LUIS MANUEL MARTÍNEZ BRACHO, defensores privados del Teniente JOHANGS ARTURO AÑEZ GONZALEZ. En consecuencia se REVOCA la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada contra el ciudadano Teniente JOHANGS ARTURO AÑEZ GONZÁLEZ, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión del delito de ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 534 del Código Orgánico de Justicia Militar, y en su lugar se le impone al imputado de marras la medida cautelar prevista en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la presentación periódica ante el Tribunal Militar Noveno de Control con sede en Punto Fijo, Estado Falcón, cada quince días, contados a partir de la presente fecha. En consecuencia se ACUERDA la LIBERTAD del imputado ciudadano Teniente JOHANGS ARTURO AÑEZ GONZÁLEZ, y se ORDENA SU EXCARCELACIÓN.