Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano SARGENTO SEGUNDO PEDRO FRANCISCO QUIÑONES MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº 17.084.241, quien fuera plaza de la 2001 Compañía de Cuartel General, relacionada con la presunta comisión del delito militar de Sustracción de Efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 300 del código Orgánico Procesal Penal, aplicable a la Jurisdicción Militar por disposición de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar; toda vez que existí.....