Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL MILITAR CUARTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 471 en concordancia con los artículos 482, 483, 487 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda PRIMERO: CONCEDE la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano José Ángel Lizarazu Villamizar, de nacionalidad colombiana, titular de la cedula de ciudadanía N° 1.094.366.719, condenado a cumplir la pena de seis (06) meses de arresto por la comisión del delito de ultraje al Centinela, previsto y sancionado en el artículo 502 del Código Orgánico de Justicia Militar, beneficio que se otorga por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el artículo 482, 483 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de un (01) año, durante el cual está en la obligación de cumplir de manera .....