Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA,PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano Ex Soldado VASQUEZ MEJIAS WUILMER JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V-23.715.066, plaza de la 2110 Compañía de Sanidad, por la comisión de los delitos militares de ABANDONO DEL SERVICIO, previsto en el Artículo 534 y sancionado en el Artículo 537, y DESOBEDIENCIA, previsto en el Artículo 519 y sancionado en el Artículo 520 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 25 de Julio del 2017, en contra del referido Ciudadano. TERCERO: Se ordena agregara a la causa la copia certif.....