Con fuerza a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Decimo de Control con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con los artículos 436 numeral 4º, 438 segundo aparte y 440, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación a lo previsto en el artículo 49 ordinal 8º y 300 ordinal 3º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa y consecuencialmente DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, en la causa seguida al ciudadano EX-SOLDADO ENDER JOSÉ VISBAL DE LA HOZ, titular de la cédula de identidad Nº V-16.835.750, identificado plenamente en autos, Plaza del 105 Batallón de Ingenieros de Combate "G/J. Carlos Soublette", para el momento de ocurrir los hechos, causa iniciada según orden de apertura Nº 3071, de fecha 7 de Julio de 2004, emanada del General de División Comandante de la Primera División de I.....