DECLARO ADMISIBLE ante esta Corte de Apelaciones. En consecuencia se acuerda fijar, mediante auto separado, audiencia oral y pública, que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de cinco (05) días ni mayor de diez (10), conforme al artículo 455, primer aparte ibidem, y se acuerda, mediante auto separado, el traslado del ciudadano Coronel (GN) JESÚS GONZALO FARIA RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.517.625, a la sede de esta Corte Marcial, el día y hora en que se realizará la audiencia Oral y Pública en la presenta causa.