Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Audiencia Oral y Pública efectuada el día de hoy, dando cumplimiento a los principios rectores y de las garantías previstos en el Código Orgánico Procesal Penal para la realización de un Juicio Previo y un Debido Proceso, así como también observando las formalidades de Ley, este Tribunal en forma Unipersonal, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Vista la admisión pura, simple, sin coacción, presión ni apremio por parte del acusado MELVIN ANTONIO HERRERA RIOS, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-13.830.882, FECHA DE NACIMIENTO 16/06/1975, DE PROFESION U OFICIO OBRERO, DOMICILIO EN LA BLOQUERA CIRCUNVALACION Nº 3, MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, este Tribunal declara procedente la solicitud de la aplicación del procedimiento.....