DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, ya que del análisis se desprende que el presente petitorio se encuentra totalmente ajustado a derecho, este Tribunal Militar actuando en funciones de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal relacionada con la orden de aprehensión al ciudadano, INFANTE DE MARINA JORGE LUIS MEDINA , titular de la cédula de identidad Nro. V-18.268.098, venezolano, mayor de edad, militar en servicio activo con la jerarquía de infante distinguido, SE ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano INFANTE DE MARINA JORGE LUIS MEDINA , titular de la cédula de identidad Nro. V-18.268.098, residenciado en el Barrio Buen Tiro, Calle Bolívar, Casa 15, San Félix Estado Bolívar, y cuyas características físicas y antropométricas son las siguientes: COLOR: blanco, CABELLOS: negros, CARA: redonda, FRENTE: mediana, OJOS: marrones, CEJAS: pobladas, NARIZ: med.....