Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: INADMISIBLE, la apelación del abogado José Faría Adrián, por carecer de legitimidad para apelar de la decisión de fecha 25 de julio de 2018, en la acción de amparo constitucional incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES CASIAN C.A en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS FÉNIX identificados ab-initio;
SEGUNDO: Se anula el auto de fecha 19 de septiembre de 2018 del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que había oído la apelación;
TERCERO: Como consecuencia de la falta de apelación, la decisión de fecha 25 de juli.....