IV
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por el ciudadano WILLIAN JOSÉ CHIRINOS VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.005.552, contra la ciudadana MILEIDY KAROLINA CAMEJO QUIVA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.634.422.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diez (10) de Enero del año dos mil nueve (2009), por ante el Registrador Civil del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el Nº 4, Folios 7 y 8, Año: 2009.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo.....