SE ADMITIÓ TOTALMENTE LA PRESENTE ACUSACIÓN FISCAL EN SU MOMENTO PROCESAL OPORTUNO DENTRO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR EN LA PRESENTE CAUSA, Y SE ORDENÓ LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, RATIFICADO EN EL PRESENTE AUTO MOTIVADO, por considerar quien aquí juzga que existe alta probabilidad de condena en la presente Causa conforme a la Norma, en contra de los ciudadanos acusados: TENIENTE JULIO CÉSAR PÁEZ GONZÁLEZ, identificado con la cédula número V-21.271.752, presuntamente como AUTOR de los delitos militares de: ATAQUE AL CENTINELA CON OCASIÓN DE MUERTE, previsto y sancionado en el artículo 501 numeral 2, CONTRA LOS DEBERES Y HONOR MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 508, NEGLIGENCIA, previsto y sancionado en el artículo 541, y CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 565, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación con los artículos 389 numeral 1, 390 numeral 1 y 390 numeral 3 eiusdem; SARGENTO PRIMERO LUIS MIGUEL CASTILLO ÁN.....