Este Tribunal Militar Quinto de Control, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad Judicial, DECIDE: ALBERTO CASTRO ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.446.054, por la Fiscalía Militar Décimo Sexta, por la presunta comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 cardinal 1° y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, y de conformidad con el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, se admiten en su totalidad los elementos de prueba ofrecidos, y se declaran legales, lícitos, pertinentes y necesarios. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 313 numeral 8 y artículo 43 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano S/2°. JORDANO ALBERTO CASTRO ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.446.054, y se le impone un lapso de Régimen de Prueba de Un (01) Año a partir de l.....