PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la revocación de la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada por este Tribunal Militar en funciones de Control en fecha 07ABR17, en contra de los ciudadanos imputados SARGENTO PRIMERO LUIS FRANCO MUJICA BAUTISTA, titular de la Cédula de Identidad N° V-21.101.069, a quien se le atribuye la comisión del Delito Militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, más las penas accesorias de ley de las establecidas en el artículo 407 del Código Orgánico de justicia Militar, en sus numerales 1, y 2, debiendo cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESESDE PRISIÓN, y vista que la pena impuesta no excede de cinco años, se le acordó en consecuencia Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a favor del imputado de marras; en cuanto al ciudadano imputado SARGENTO PRIMERO ROUSSEL ABREU RODRIGUEZ, SE REVOCA la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada por éste Tribunal Militar en func.....