DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, acuerda ADMITIR el recurso de apelación interpuesto el 14 de marzo de 2013, por el profesional del derecho MIGUEL JESÚS SALAZAR OSECHAS, Defensor Público Penal Trigésimo del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del ciudadano CARLOS ARTURO MARCIALES, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, en fecha 5 de marzo de 2013, mediante la cual acuerda "...Decretar la MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD para los (sic) ciudadanos (sic) MARCIALES CARLOS ARTURO, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2, 3 y parágrafo p.....