Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, EJECUTA la sentencia dictada en fecha primero de abril del año dos mil once, por el Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, en la cual Condenó al ciudadano SARGENTO SEGUNDO JORGE LEANDRO GARCIA GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 16.981.395, de estado civil soltero, nacido en fecha 31/01/1986, plaza de la 2101 Compañía de Comando de la 21 Brigada de Infantería, con domicilio y residencia en el Barrio Riveras del Torbes, calle 4, casa Nº 4-15, San Cristóbal, Estado Táchira; a cumplir.....