Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 07 de abril de 2015, por el abogado Giovanni Urdaneta Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.580, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 28 de noviembre de 2014, por el Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 28 de noviembre de 2014, por el Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA sigue el ciudadano WILLMER ADOLFO BAJÓN MOR.....