DISPOSITIVA. En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, realiza los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia Condenatoria definitivamente firme de fecha VEINTINUEVE (29) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016, dictada por el Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, donde condenó al penado SOLDADO JESUS DAVID DIAZ MAURERA, titular de la cedula de identidad N° V- 28.081.190, plaza para el momento de los hechos de la 5104 Compañía de Comunicaciones, ubicada en la 51 Brigada de Infantería de Selva, con sede en Guasipati, Estado Bolívar, a cumplir una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en el artículo 407, numeral 1 Y 2, p.....