Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: SE EJECUTA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia dictada por el Consejo de Guerra de San Cristóbal, de fecha 11/08/2015, mediante la cual se condenó a siete (07) meses, quince (15) días de prisión, al ciudadano Ex Alistado Carlos Eduardo Restrepo Flores, por la comisión del delito de DESERCION, previsto en el artículo 523, 527 numeral 1° y sancionado en el artículo 528 más la pena accesoria establecida en el artículo 407, numeral 1° 2° y 3° todos del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: A partir de la presente fecha el Ex Alistado Carlos Eduardo Restrepo Flores, opta al beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, hasta tanto estén llenos los requi.....