DISPOSITIVA
Con fuerza en los argumentos de hecho y de derecho antes expresados, ESTE TRIBUNAL MILITAR TERCERO DE CONTROL DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIOVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR, la solicitud efectuada por la Defensa Técnica de los ciudadanos SM/2DA SANDRO DANIEL QUINTANA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.171.540, S/1ERO ENDER ANTONIO SUAREZ GAVIDIA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.100.125, S/1ERO TORRES ESCALONA RUFO ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº V-19.828.123, en relación a que sea declarada la nulidad de las actuaciones y la libertad plena de sus patrocinados. Continuándose la presente investigación por el Procedimiento Ordinario. SEGUNDO: CON LUGAR, la privación judicial preventiva de libertad en contra de los ciudadanos SM/2DA SANDRO DANIEL QUINTANA, titular de la cédula de identidad Nº V-10.171.540, S/1ERO ENDER ANTONIO SUAREZ GAVIDIA, titular de la cédula de identidad Nº V-20.1.....