Por las razones antes expuestas, este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial Penal Militar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 3 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordada relación con los artículos 471 numeral 1 y 491 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA la concesión de la LIBERTAD CONDICIONAL POR MEDIDA HUMANITARIA al ciudadano penado CABO SEGUNDO. ALBERTO YAIFREN CHAPARRO MEZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.477.816, sentenciado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley, señaladas en el artículo 407 en los numerales 1° y 2° del Código Orgánico de Justicia Militar, referidas a la Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena y la Separación del servicio activo, por encontrarlo plenamente culpable de la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECT.....