PRIMERO: INADMISIBLE, la OFERTA REAL Y DEPÓSITO, impetrada el 07 de diciembre de 2017, por el ciudadano JOVITO FAUSTINO TOLEDO AMUNDARAIN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 5.184.948, quien actúa en nombre del ciudadano FRANZOOAHT JHUAMBI TOLEDO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 14.586.179, asistido por la profesional del derecho CRECENCIA MARGARITA SARABIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.558, que recae en la ciudadana MAHARAIN YORLENIS MADRIZ LARA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.587.814.-
SEGUNDO: No hay imposición de costas procesales dada la naturaleza de la decisión y la oportunidad en la que se dicta. Devuélvase cheque y documentos originales consignados a la parte demandante, previa certificación en autos.-